Como instrumento de planificación que orienta y reglamenta el desarrollo urbano, un Plan Regulador Comunal – en términos simples – establece dónde y cómo construir en una ciudad.
Lo anterior, a través de conjunto de disposiciones urbanísticas que deben ser respetadas y cumplidas por todas las personas, naturales o jurídicas, e instituciones públicas y privadas que sean propietarias de un terreno, para asegurar un crecimiento armónico, sostenible y responsable de la comuna.
Además, establece la red o sistema vial de la comuna, reconociendo vías existentes y declarando a futuro nuevas vías o ensanche de otras.
En dicho contexto, y para comprender el real alcance de este instrumento, se presenta el siguiente resumen sobre sus facultades y funciones normativas.
¿QUÉ PUEDE HACER UN PRC?
- Define QUÉ TIPO DE ACTIVIDADES se pueden realizar en un predio o sector, estableciendo las diferentes ZONAS en que se dividirá el territorio. Esto se refiere, a que el PRC determinará los USOS DE SUELO, actividades permitidas y prohibidas, que pueden emplazarse simultáneamente en una misma zona, como, por ejemplo, el uso de suelo residencial (viviendas), o el uso de suelo para equipamiento, entendido este como los servicios que son necesarios para complementar el resto de las actividades, por ejemplo, comercio, colegios y hospitales, entre otros.
- Define CÓMO SE PUEDE CONSTRUIR. El PRC establece las normas de edificación, como el coeficiente de constructibilidad, la superficie predial mínima, el coeficiente de ocupación de suelo, la altura máxima, el sistema de agrupamiento y la densidad máxima, por citar algunas. Estas normas de edificación sirven para determinar los volúmenes edificables y su relación con el predio en el que se emplazan y con los predios vecinos. Además, inciden en áreas como como la imagen urbana, el asoleamiento y la intensidad de uso del territorio.
- Define los ESPACIOS PÚBLICOS Y TRAZADOS DE CALLES. En el ámbito de las facultades del PRC, le corresponde establecer los parques, plazas y áreas libres destinadas a áreas verdes que no son bienes nacionales de uso público cualquiera sea su propietario, ya sea una persona natural o jurídica, pública o privada. La vialidad estructurante, se refiere a establecer la red vial de la comuna que permitirá constituir las condiciones de conectividad y accesibilidad necesarias para los diferentes barrios o sectores.
- Establece ÁREAS RESTRINGIDAS AL DESARROLLO URBANO Y DE PROTECCIÓN, atribución que busca proteger áreas o propiedades de valor cultural, arquitectónico, histórico o ambiental para la ciudad y sus comunidades. A ello se suma la restricción para edificar en áreas consideradas de riesgo. De acuerdo al Artículo 2.1.17. de la OGUC, los planes reguladores podrán definir áreas restringidas al desarrollo urbano por constituir un peligro potencial para los asentamientos humanos. Estas zonas corresponden a aquellas que por su especial naturaleza y ubicación no son susceptibles de edificación. Así “áreas de riesgo”, son aquellos territorios en los cuales, previo estudio fundado, se limita determinado tipo de construcciones por razones de seguridad contra desastres naturales u otros semejantes, como zonas inundables o potencialmente inundables, áreas propensas a avalanchas o terrenos con riesgos generados por la actividad humana.
¿QUÉ NO PUEDE HACER UN PRC?
Tan importante como saber qué puede hacer un PRC, es saber qué atribuciones tiene conferidas. Así, tenemos que a un Plan Regulador Comunal no le corresponde normar las siguientes actividades:
- NO Urbaniza, es decir, no pavimenta calles, no construye alcantarillado, redes de agua potable, luminarias o nuevas plazas.
- NO soluciona conflictos en el espacio público: Basura, perros abandonados, ambulantes, fiscalizaciones de estacionamientos, no planta árboles ni hace jardines.
- NO resuelve el déficit de vivienda, no entrega subsidios, ni destina terrenos para comités, o no define precios de las viviendas.
- NO modifica políticas u ordenanzas locales, como Seguridad Ciudadana, de participación, de arbolado, etc.
- NO es un programa de inversiones o de desarrollo de obras, no cuenta con recursos, ni fondos asociados, no compra terrenos para AV o sedes sociales, etc.
Barrio por barrio: Viña hacia el futuro